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5 mayo, 2023

UN NUEVO CAMBIO A LA OPINION DE CUMPLIMIENTO

UN NUEVO CAMBIO A LA OPINION DE CUMPLIMIENTO

Para todos los contribuyentes existe un documento brindada por el SAT donde menciona el cumplimiento o incumplimiento de las obligaciones fiscales que debe hacer esta persona.

A este documento normalmente conocido como Opinión de Cumplimiento es llamado también como “carta 32D” ya que así es nombrado en el artículo del Código Fiscal de la Federación (CFF). Como dato de la carta 32D hay 3 maneras en que esta puede salir: Positiva, Negativa o Suspensión de actividades.

Pero hace poco se le agregó un nuevo sentido a esta Opinión de cumplimiento llamada “Inscrito sin obligaciones fiscales”. Esto es parte de los cambios que se aplicaron en la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF). Siendo ya 4 sentidos en total contando los 3 ya vistos.

Este nuevo sentido aplica cuando un contribuyente se encuentra inscrito en el RFC pero no tiene obligación fiscal.

Para este caso aún no se sabe en que circunstancia aplica, pero lo mas probable es que sea cuando el RFC esté inscrito en en el régimen de “Sin obligaciónes fiscales”

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