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4 diciembre, 2021

RESICO no simplificara el calculo del IVA

El cálculo de ISR será sumamente sencillo en el RESICO, porque sólo se multiplicará la tasa del impuesto por el total de ingresos cobrados en el periodo.

 

Sin embargo, el artículo indica que para el caso del Impuesto al Valor Agregado (IVA), el procedimiento no sufrirá modificaciones ni se simplifica.

 

Por eso, los contribuyentes que tributen en el nuevo régimen, deberán determinar el IVA, calculando el impuesto causado y el acreditable, con la obligación de cumplir los requisitos para tales efectos, como se hace actualmente.

 

El artículo señala que lo anterior implica que los requisitos formales establecidos en la Ley del IVA, deberán continuar cumpliéndose, para la determinación del impuesto. Los principales requisitos son los relativos al acreditamiento del impuesto, porque su requisito primordial es que el impuesto pagado corresponda a conceptos que son deducibles para efectos del ISR. Esto implica, entre otras cosas, conservar los comprobantes fiscales de los gastos, realizar los pagos mediante los medios de pago autorizados, realizar retenciones y enteros de impuesto, llevar contabilidad, etcétera

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