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25 agosto, 2022

EL SAT COMPLICA COMPENSACIÓN DE IVA.

EL SAT COMPLICA COMPENSACIÓN DE IVA.

Aquellos contribuyentes que decidan pagar una deuda fiscal mediante la figura de compensación no podrán acreditar el IVA ante el SAT, lo que evidencia la intención de la autoridad fiscal de retener más impuestos, consideraron expertos.

La Ley del Impuesto al Valor Agregado establece que uno de los requisitos que deben reunirse para que sea acreditable el gravamen que regula, es que dicho tributo trasladado al contribuyente haya sido efectivamente pagado en el mes de que se trate.

La compensación se da cuando dos personas deudoras, una de la otra, alguna de ellas decide pagar a la otra con los créditos fiscales que tenga a su favor.

Miguel Ángeles Tavares, presidente de la Comisión Técnica Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México, explicó en entrevista con Reforma que, cuando el IVA de un pago cuya obligación se extinga por compensación, no dará lugar al acreditamiento del impuesto.  Lo anterior lo determinó un tribunal, según se publicó en el Semanario Judicial de la Federación.

“Eso provocará que, a partir de ahora, lo que no esté sustentado con flujo de efectivo, simplemente el SAT no te lo va a aceptar”, advirtió.

Cabe señalar que la Ley del IVA también establece que la contraprestación puede pagarse en efectivo, bienes o servicios, o en cualquier otra forma de cumplimiento de las obligaciones, siempre que sea en interés del acreedor. Además, las Reglas Financieras de la Unión estipulan que las contribuciones y sus anexos deben efectuarse y pagarse en moneda nacional. Este experto explicó al periódico que, si bien la deuda puede ser pagada con compensación, para poder deducir el impuesto al valor agregado de esta actividad, este impuesto debe pagarse en efectivo.

De igual forma, aclaró que, si bien podría considerarse pago de IVA por el trámite, no encontró que no cumpliera con los lineamientos de la denominada factura complementaria de recibo electrónico, donde no se pueden emitir recibos únicamente por deducción de IVA. Actualmente no es posible representar pagos de IVA por separado para cumplir con el requisito de pago en efectivo independientemente de cómo se extinga la obligación principal, por lo que consideras que esta es otra métrica del SAT que puedes mantener. Más impuestos.

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