Se encuentra en Blog,Sin categoría
26 mayo, 2023

SE RECUERDA QUE LA FECHA LÍMITE PARA INFORMAR LAS OPERACIONES PERTINENTES ES EL 31 DE MAYO.

SE RECUERDA QUE LA FECHA LÍMITE PARA INFORMAR LAS OPERACIONES PERTINENTES ES EL 31 DE MAYO.

Dentro de los 30 días siguientes al período en que se realicen las operaciones correspondientes, los contribuyentes deberán informar sobre dichas operaciones. Así lo establece el artículo 31-A del Código de Rentas Internas de 1986 (CFF).

El formulario oficial 76 Información sobre Operaciones Relevantes puede ser utilizado por los contribuyentes para cumplir con la obligación antes mencionada, según la Fiscalía. La regla 2.8 establece este requisito. 1.12. en la RMF para la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023.

Noticias Relacionadas

Ingreso a RESICO durante o después de 2022 ¿Es posible?

Empresas extranjeras deben inscribirse en el RFC para la devolución del IVA

CONOCE A ANTONIO MARTÍNEZ DAGNINO, EL NUEVO JEFE DEL SAT.

CONTADORES CREAN PROPUESTA DE REFORMA FISCAL 2023.