En México, la ley que ampara la protección de los datos personales en el sector público es la “Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados”. En este sentido, la información que es del conocimiento del SAT, deberá estar protegida en virtud del citado ordenamiento.
Fiscalía explicó que de acuerdo con el Aviso integral de privacidad del SAT, los datos personales que se recaban son utilizados con las siguientes finalidades:
Recuerda: el SAT no está autorizado para transferir información a un tercero, salvo en los casos en que lo dispongan las leyes, en cuyo caso estos datos podrán ser entregados a funcionarios o a otras entidades gubernamentales, nacionales o extranjeras.
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